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El Homeoffice regulado

El día 11 de Enero de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, una reforma a la Ley Federal del Trabajo, en la que se regula el Teletrabajo.


Al respecto, se ha determinado, que aquellos trabajadores que desempeñan cuando menos el 40% de sus funciones desde sus domicilios, se regirán por la reforma publicada, lo que conlleva un cambio en la relación de trabajo.

teletrabajo

En concreto, la ley establece que para los contratos de las personas que trabajen bajo ésta modalidad, se deberán determinar ciertas especificaciones especiales como lo son:


  1. Equipo e insumos que se entreguen para desempeñar sus funciones.

  2. La descripción y monto del pago de los servicios que necesita el trabajador para desempeñar sus funciones.

  3. Los mecanismos de contacto y supervisión durante las horas laborales.

Dentro de las obligaciones especiales que se establecen para los empleadores en ésta modalidad de contratación se puede considerar de especial relevancia, que el patrón debe encargarse de un pago proporcional de los servicios de electricidad y telecomunicación, sin embargo, no establece un porcentaje fijo, por lo que es una prestación que deberá negociarse con los trabajadores.


Así también se establece que debe respetarse el derecho a la desconexión de los trabajadores cuando concluyen su jornada de trabajo y que las modalidades para la supervisión del teletrabajo deberán ser proporcionales al trabajo desempeñado, así como garantizar el derecho a la intimidad del trabajador.


Si requiere de apoyo para la elaboración y revisión de contratos para ésta modalidad de contratación no olvide solicitarlo al correo informes@lang-abogados.com

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