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Pago de utilidades


Se viene la época del año, en que las empresas determinan las utilidades del año fiscal anterior, consecuencia de ésta práctica, el correspondiente reparto de utilidades entre los trabajadores de la empresa, sin embargo, estos tips le serán de ayuda en caso de que no se tenga cierta idea de cómo se maneja dicho reparto de utilidades.

Primero, es importante mencionar, que las utilidades no siempre son obligatorias para los patrones, ya que existen casos de excepción entre ellos, se toma en cuenta por ejemplo, que la empresa se encuentre en su primer año de operaciones, o bien, que renta gravable no supere los $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) de conformidad con la resolución emitida el 19 de diciembre de 1996 por la Secretaría del Trabajo misma que se encuentra en el Diario Oficial de la Federación.

Ahora bien, es importante mencionar, que las multas por la omisión del pago de PTU, van de los 50 a los 5,000 Unidades. Es importante comenzar por saber, que la contabilidad de la empresa deberá hacerse pública, es decir, los trabajadores tienen derecho de conocer el monto declarado de la empresa ante la Hacienda Pública respecto de su pago de Impuesto sobre la Renta.

Del monto declarado, el patrón deberá pagar por concepto de PTU el 10%, monto que será repartido entre todos los trabajadores de la empresa de la siguiente manera:

  1. Un 5% será repartido de forma proporcional de conformidad con las asistencias del personal de la empresa.

  2. El 5% restante será repartido de forma proporcional en relación al salario del personal de la empresa.

Es importante mencionar que dichos cálculos pueden ser discutidos por los trabajadores, incluso los trabajadores pueden impugnar la declaración de utilidades hechas por el patrón si es que no se encuentran de acuerdo con el pago de utilidades correspondiente, lo que puede ocasionar un conflicto colectivo entre el patrón y sus trabajadores.

Si tiene dudas respecto al pago de utilidades que corresponda a su empresa o negocio, no dude en contactarnos y con gusto le asesoraremos respecto de la forma idónea de llevar a cabo dicha obligación.

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